DERECHO A EJERCER MI VOTO SINDICAL (4horas).......
BOE Núm. 92 de Sabado 17 abril 1999- Pagina 14383_ -
8583 REAL DECRETO 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los proce- sos electorales.
ARTICULO 13-Artículo 13. Punto 1 - Jornada electoral.
1. La Administración del Estado o, en su caso, las de las Comunidades Autónomas que tengan atribuidas competencias en materia laboral, previo acuerdo con los Delegados del Gobierno, respecto de los trabajadores por cuenta ajena, y las Administraciones públicas, respecto a su personal, adoptarán las medidas precisas para que los electores que presten sus servicios el día de las elecciones puedan disponer en su horario laboral de hasta cuatro horas libres para el ejercicio del derecho del voto, que serán retribuidas. Cuando el trabajo se preste en jornada reducida, se efectuará la correspon- diente reducción proporcional del permiso.
Elecciones Sindicales de Correos el 17/12/2015 Mesa Electoral del Comité de Empresa de Correos PLAZA GABRIEL MIRÓ Nº 7 -3ª Planta- ALICANTE-03001- |